Micelio

Artículo 18

Bandolera

Decreto 1762 de 1937 · Por el cual se reglamenta el uniforme de los miembros del Ejército y de la Aviación

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Bandolera. Para oficiales de caballería y de artillería: banda para terciar, dando la vuelta a la espada y pasando por el hombro izquierdo, de igual ancho y de los mismos materiales del cinturón de sociedad. Para sujetar sus extremos, que van hacia la cadera derecha, lleva una cartuchera de cuero charolado negro, de 8 centímetros de alto por 12 de ancho; esta cartuchera tiene encima de la tapa el escudo nacional, de metal dorado. La bandolera se sujeta hacia el centro de la espalda.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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