Modifíquese el artículo 4° del Decreto 1900 de 2013, el cual quedará así: "Artículo 4. Oficina Asesora Jurídica. Son funciones de la Oficina Asesora Jurídica, las siguientes
Asesorar a la Junta Directiva, Gerencia General y dependencias de la entidad en los asuntos jurídicos, de conformidad con las normas constitucionales, legales y reglamentarias correspondientes.
Defender los intereses de la entidad y ejercer su representación y defensa judicial y extrajudicial en los asuntos y procesos en que sea parte, conforme a la delegación de la Gerencia General.
Emitir los conceptos jurídicos y resolver las consultas sobre asuntos en materia de su competencia.
Analizar, proyectar y conceptuar sobre los proyectos de ley, decretos, acuerdos, resoluciones y demás actos administrativos que deba proponer o expedir la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía.
Compilar, actualizar y sistematizar las normas legales, reglamentarias, los conceptos, la jurisprudencia y la doctrina relacionada con la misión y competencia de la entidad.
Asesorar a la Gerencia General y demás dependencias en la interpretación y aplicación de las normas constitucionales, legales, estatutarias y reglamentarias que rijan su actividad.
Coordinar con las dependencias competentes las respuestas a los recursos en contra de actos administrativos proferidos por la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía que sean sometidos a su consideración.
Asesorar y apoyar a la Gerencia General en la revisión de los proyectos de respuesta a requerimientos de los órganos de control y vigilancia y demás partes interesadas, cuando le sea requerido.
Elaborar y notificar los actos administrativos que agoten la actuación administrativa relativa a los recursos de ley y revocatoria directa, proferidos por la Gerencia General.
Elaborar y presentar ante las autoridades competentes, los informes jurídicos de cumplimiento de políticas, planes y programas en la periodicidad requerida.
Las demás que se le asignen o le correspondan por su naturaleza."