Micelio

Artículo 1

Decreto 466 de 2020 · Por el cual se modifica el Decreto 2555 de 2010 en lo relacionado con el Fondo Nacional de Garantías S.A

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Modifícase el literal e) del artículo 10.2.1.1.1 del Decreto 2555 de 2010, el cual quedará así: "c) Relación de solvencia. El Fondo Nacional de Garantías S.A-FNG deberá cumplir y acreditar en forma permanente una relación de solvencia, la cual se calculará con base en el patrimonio técnico, el cual debe tener una relación directa con el riesgo asumido en su calidad de garante, en las diversas modalidades. Se entiende por relación de solvencia el valor del patrimonio técnico, dividido por la suma del valor de los activos y contingencias ponderados por nivel de riesgo más el saldo de la exposición a riesgo de mercado, todo ello calculado en los términos establecidos en el presente título. Esta relación se expresa en términos porcentuales. La relación mínima de solvencia del Fondo Nacional de Garantías S. A-FNG será del nueve por ciento (9%)"

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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