Ejecución, monitoreo, seguimiento, control y evaluación de proyectos de inversión. La ejecución de un proyecto de inversión se adelantará por la entidad pública designada para tal fin por el respectivo Órgano Colegiado de Administración y Decisión. El monitoreo, seguimiento, control y evaluación de los proyectos de inversión financiados con recursos del Sistema General de Regalías se adelantará con sujeción a lo dispuesto por la Ley número 1530 de 2012 y sus decretos reglamentarios, además de las disposiciones generales contenidas en las leyes aprobatorias del presupuesto bienal del Sistema. TÍTULO II DEL RÉGIMEN PRESUPUESTAL CAPÍTULO I Del plan de recursos y del Presupuesto Bienal del Sistema General de Regalías
Decreto 1077 de 2012 →Vigente
Artículo 25
Ejecución, Monitoreo, Seguimiento, Control Y Evaluación De Proyectos De Inversión
Decreto 1077 de 2012 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1530 de 2012 en materia presupuestal y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.