Micelio

Artículo 4

Decreto 2163 de 2008 · por el cual se modifica la estructura del Servicio Aéreo a Territorios Nacionales, Satena, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Oficina Asesora Jurídica. Son funciones de la Oficina Asesora Jurídica, las siguientes

a)

Asesorar a la Presidencia en los asuntos relacionados con la parte jurídica de la empresa y de sus actuaciones, así como también emitir conceptos que sean requeridos por las demás dependencias;

b)

Conceptuar, elaborar y/o revisar los proyectos de acuerdos, resoluciones, actos administrativos y minutas de contratos que deban suscribir la Junta Directiva y la Presidencia;

c)

Preparar y recomendar a la Presidencia, anteproyectos de ley o de decretos referentes a los objetivos de la empresa o relacionados con su operación, para su trámite ante los organismos competentes;

d)

Representar judicial y extrajudicialmente a la entidad ya sea directamente o a través de abogados externos en los asuntos de carácter jurídico cuando así lo determine la Presidencia e informar el curso de los mismos;

e)

Mantener actualizadas las normas y disposiciones legales relacionadas con la empresa, velar por su divulgación así como llevar el registro de los contratos y resoluciones;

f)

Velar por el cumplimiento de los términos y demás disposiciones referentes a las investigaciones disciplinarias que se adelanten en la Oficina de Control Interno Disciplinario;

g)

Revisar las pólizas constituidas a favor de la entidad de los contratos que se elaboren y se revisen en la oficina;

h)

Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2163 de 2008