Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el inciso 2 del
Parágrafo 2
del artículo 4 del Decreto 492 de 2020.
Parágrafo 2
Artículo 4 DECRETO 492 de 2020 Publíquese, comuníquese y cúmplase
Vigencia
Decreto 816 de 2020 · Por el cual se establecen normas relacionadas con la administración del Fondo Nacional de Garantías S.A. -FNG, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica declarado por el Decreto 637 del 6 de mayo de 2020
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el inciso 2 del
del artículo 4 del Decreto 492 de 2020.
Artículo 4 DECRETO 492 de 2020 Publíquese, comuníquese y cúmplase
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.