Los demás que solicite la Superintendencia de Sociedades en el transcurso del estudio de la solicitud de autorización. Cuando en este Capítulo se haga mención del revisor fiscal, para los casos de las sociedades extranjeras deberá entenderse que se está haciendo referencia a un auditor externo o figura similar propia de la jurisdicción de la sociedad. Cuando en la jurisdicción de la sociedad extranjera no se pueda emitir alguno de los documentos señalados en este Capítulo, se aportará el documento equivalente conforme a la ley aplicable en esa jurisdicción y, de no existir uno similar, se deberá certificar de esta manera por el representante legal de la sociedad extranjera. TÍTULO IV. DERECHO DE RETIRO
Artículo 5.14.7
Circular 100-000020 de 2026 · Circular Externa 100-000020 de 2 de julio de 2026
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.