Micelio

Artículo 9

Decreto 1233 de 1969 · Por el cual se aprueba el Acuerdo número 1 de fecha diez y seis de julio de 1969, del Consejo Nacional de Salarios

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° . A los trabajadores a que se refiere el literal d) del artículo 161 del Código Sustantivo del Trabajo se les pagará los salarios mínimos señalados en el presente Acuerdo en proporción a las horas trabajadas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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