Micelio

Artículo 1

Para Adelantar La Campaña De Abaratamiento Del Costo De La Vida, Autorizase Al Distrito Especial De Bogotá Para Pagar Un Subsidio Mensual De Cuatrocientos Cincuenta Pesos ($ 450) Moneda Corriente, Por Cada Bus En Servicio, A Las Empresas De Buses Particulares De Bogotá, Distrito Especial, Durante Los Meses De Mayo A Agosto Inclusive Del Año En Curso

Decreto 142 de 1958 · Por el cual se autoriza al Distrito Especial de Bogotá para pagar subsidios a las empresas de buses particulares de servicio urbano

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Para adelantar la campaña de abaratamiento del costo de la vida, autorizase al Distrito Especial de Bogotá para pagar un subsidio mensual de cuatrocientos cincuenta pesos ($ 450) moneda corriente, por cada bus en servicio, a las empresas de buses particulares de Bogotá, Distrito Especial, durante los meses de mayo a agosto inclusive del año en curso.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 142 de 1958