Artículo primero . El artículo primero del Decreto extraordinario número 239 de 1978, quedará así: Establécense las siguientes modificaciones a la División Territorial Judicial: I. Departamento de Antioquia Distrito Judicial de Medellín Circuitos Civiles y Penales. Créase el Circuito de Ituango con cabecera en el Municipio de Ituango y jurisdicción en los Municipios de Ituango, San Andrés, San José de la Montaña y Toledo. El Circuito de Dabeiba tiene cabecera en el Municipio de Dabeiba y comprende los Municipios de Dabeiba, Murindó, Peque y Mutatá. El Circuito de Puerto Berrío tiene cabecera en el Municipio de Puerto Berrío y comprende los Municipios de Puerto Berrío Caracolí, La Magdalena y Puerto Triunfo. Juzgados Superiores Círculo de Juzgados Superiores. El Circuito de Santa Rosa de Osos pertenecerá al Círculo de Juzgados superiores de Medellín. El Circuito de Ituango pertenecerá al Círculo del Juzgado Superior de Yarumal. II. Departamento de Boyacá e Intendencia de Casanare. Distrito Judicial de Santa Rosa de Viterbo Juzgados de Menores. Circuito de Yopal Créase el Circuito de Menores de Yopal, con sede en la ciudad de Yopal y competencia en los Circuitos de Yopal, Orocué y Paz de Ariporo. III. Departamento de Caldas. Distrito Judicial de Manizales. Circuitos Civiles y Penales. Créase el Circuito de Chinchiná, con cabecera en el Municipio de Chinchiná y competencia en los Municipios de Chinchiná y Palestina. Juzgados Superiores. El Circuito de Chinchiná pertenecerá al Círculo de Juzgados Superiores de Manizales. Juzgados de Menores . Circuito de Salamina. Créase el Círculo de Menores de Salamina, con sede en dicha ciudad y competencia en los Circuitos de Aguadas, Pácora y Salamina. IV. Departamento de Córdoba . Distrito Judicial de Montería . Juzgados de Menores Circuito de Sahagún. El Círculo, de Menores de Sahagún, con sede en dicha ciudad, tendrá competencia en los Circuitos de Sahagún y Chinú. V. Distrito Especial de Bogotá . Departamento de Cundinamarca y Comisaría del Amazonas. Distrito Judicial de Bogotá. Juzgados de Menores. Circuito de Leticia. Créase el Círculo de Menores de Leticia (Amazonas), con sede en dicha ciudad y competencia en el Circuito de Leticia. VI. Departamento de Nariño e Intendencia del Putumayo . Distrito Judicial de Pasto Circuito de La Unión. El Circuito de La Unión tiene cabecera en el Municipio de La Unión y comprende los Municipios de La Unión, Arboleda, El Rosario, San Lorenzo, Taminango y Leyva. Juzgados de Menores . Circuito de Mocoa Créase el Círculo de Menores de Mocoa (Putumayo), con cabecera en dicha ciudad y competencia en el Circuito de Mocoa.
Decreto 477 de 1978 →Vigente
Artículo 1
Decreto 477 de 1978 · Por la cual se modifica el artículo primero del decreto extraordinario 239 de 1978, se crean unos despachos judiciales y se declara parcialmente sin valor y efectos legales el artículo segundo del mismo.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.