Articulo once. Al finalizar la vigencia del presupuesto de cada año, los fondos no invertidos pasarán a integrar un Fondo de Reserva, que tendrá por finalidad asegurar la continuidad de las operaciones antimaláricas de campo, cuya interrupción comprometería el éxito del programa de erradicación.
Decreto 2968 de 1956 →Vigente
Artículo 11
Decreto 2968 de 1956 · Por el cual se crea el Servicio Nacional de Erradicación de la Malaria
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.