Micelio

Artículo 58

Celebración Del Contrato

Decreto 1310 de 1994 · Por el cual se aprueban los Estatutos de la Empresa de Telecomunicaciones de Santa Marta Ltda. Telesantamarta

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

CELEBRACIÓN DEL CONTRATO. Cumplidos los requisitos legales, se celebrará el contrato con el proponente seleccionado. En caso de que éste no lo suscriba dentro del término previsto, o no acepte firmarlo, podrá celebrarse el contrato con cualquiera de los preseleccionados, en el orden de prelación establecido, sin perjuicio de hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta. Si no fuere posible suscribir el contrato con el proponente seleccionado o con cualquiera de los preseleccionados o no resultase conveniente contratar con alguno de ellos, se dará aplicación al numeral 3º del artículo 63 de estos Estatutos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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