Micelio

Artículo 9

El Veedor Del Tesoro Podrá Examinar Los Presupuestos Del Orden Nacional, Departamental O Municipal O De Cualquier Ente Territorial, O De Sus Entidades Públicas Descentralizadas, Con El Objeto De Verificar Su Ejecución Y Adiciones, Especialmente Las Hechas Con Anterioridad A Cualquier Elección

Decreto 2093 de 1991 · por el cual se desarrolla el artículo 34 transitorio de la Constitución Política de Colombia.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El Veedor del Tesoro podrá examinar los presupuestos del orden nacional, departamental o municipal o de cualquier ente territorial, o de sus entidades públicas descentralizadas, con el objeto de verificar su ejecución y adiciones, especialmente las hechas con anterioridad a cualquier elección.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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