Micelio

Artículo 1

Decreto 2251 de 1954 · Por el cual se convoca la Asamblea Nacional Constituyente

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Convócase para el 27 de julio en curso a las cuatro (4) de la tarde, a la Asamblea Nacional Constituyente, para que elija Presidente de la República y considere los asuntos que el Gobierno juzgue adecuado someter a su estudio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2251 de 1954