Micelio

Artículo 74

Del Código De Petróleos

Decreto 2752 de 1954 · Por el cual se modifica el artículo 74 del Código de Petróleos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. Hácense extensivas las disposiciones de los artículos 1º y 2º del Decreto 1349 de 22 de mayo de 1953 a las actuaciones administrativas sobre petróleos, de que trata el código sobre la materia. Queda en estos términos modificado artículo 74 del código de petróleos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2752 de 1954