DEPENDENCIA ECONÓMICA DE BENEFICIARIOS. La carencia de medios de subsistencia y la dependencia económica de que trata el artículo 175 del Decreto 2062 de 1984, como condición para reconocimiento y pago de las prestaciones a favor de los hermanos menores de edad del Oficial o Suboficial, deberá comprobarse mediante la presentación de copia autenticado de la última declaración de renta del Oficial o Suboficial fallecido y copia autenticada de la última declaración de renta de la persona o personas que pretenden la prestación, o certificación de la administración de hacienda en el sentido de que no declaran renta ni patrimonio.
Decreto 827 de 1986 →Vigente
Artículo 90
Decreto 827 de 1986 · Por el cual se reglamentan algunas disposiciones del Decreto 2062 de 1984, Reorgánico de la Carrera de Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.