º . Montos exentos del Gravamen a los Movimientos Financieros . Para efectos de determinar el valor máximo mensual de exención del Gravamen a los Movimientos Financieros en la cuenta de ahorro elegida por el titular y destinada a la financiación de vivienda, el establecimiento de crédito deberá dividir entre doce (12) el valor equivalente al cincuenta por ciento (50%) del salario mínimo legal vigente en el respectivo año fiscal. El resultado de dicha operación será el valor máximo de exención mensual, no acumulable con otros períodos mensuales. El Gravamen a los Movimientos Financieros se causará sobre las sumas retiradas en exceso del monto al cual corresponde la exención.
Decreto 405 de 2001 →Vigente
Artículo 7
Decreto 405 de 2001 · por el cual se reglamenta parcialmente el Libro VI del Estatuto Tributario.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.