Micelio

Artículo 11

Ley 76 de 1937 · por la cual se fomenta el establecimiento de unas plantas eléctricas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los Municipios favorecidos por la presente Ley deberán comprobar plenamente ante el Ministerio de Obras Públicas que pueden concurrir por lo menos con un treinta por ciento del valor total de la obra de establecimiento o ensanche de sus plantas eléctricas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 76 de 1937