° En los términos del presente, quedan reformado los artículos 1°, 2° y 3° del Decreto 1288 citado.
Decreto 1687 de 1923 →Vigente
Artículo 3
En Los Términos Del Presente, Quedan Reformado Los Artículos 1°, 2° Y 3° Del Decreto 1288 Citado
Decreto 1687 de 1923 · Por el cual se reforma el número 1288, de 18 de septiembre del presente año
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.