Micelio

Artículo 18

Dirección De Apoyo Estratégico, Análisis De Datos E Información

Decreto 262 de 2000 · Por el cual se modifican la estructura y la organización de la Procuraduría General de la Nación y del Instituto de Estudios del Ministerio Público; el régimen de competencias interno de la Procuraduría General; se dictan normas para su funcionamiento; se modifica el régimen de carrera de la Procuraduría General de la Nación, el de inhabilidades e incompatibilidades de sus servidores y se regulan las diversas situaciones administrativas a las que se encuentren sujetos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Dirección de Apoyo Estratégico, Análisis de Datos e Información . la Dirección de Apoyo Estratégico, Análisis de Datos e Información tiene las siguientes funciones: Diseñar e implementar el modelo de producción y transformación de información. Diseñar, implementar y mantener actualizado el modelo lógico de analítica de datos de la Procuraduría General de la Nación. Diseñar estrategias de analítica y suministrar la información que se requiera para el desarrollo de las funciones de la Procuraduría General de la Nación. Diseñar la política y lineamientos estratégicos respecto de estándares, marco normativo y mejores prácticas en materia gobierno de transparencia y datos abiertos de la Procuraduría General de la Nación. Administrar funcionalmente los sistemas de información misionales definidos por la Procuraduría General de la Nación. Diseñar e implementar instrumentos que permitan contar con la información necesaria para identificar y gestionar riesgos y alertas estratégicas relacionadas con las competencias misionales de la Procuraduría General de la Nación. Brindar acompañamiento a las áreas misionales para el diseño del modelo de generación y reporte de información. Validar la calidad, consistencia y homogeneidad de la información reportada, recibida o capturada por la entidad. Realizar el análisis y generar reportes sobre el ejercicio de las competencias de acción preventiva, disciplinarias y de intervención judicial de la Procuraduría General de la Nación. Suministrar la información requerida para atender los requerimientos internos y externos con relación a los reportes de información. Identificar las necesidades de intercambio de información con organismos externos que faciliten el ejercicio de funciones de la Procuraduría General de la Nación. Las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

1.

Recibir, clasificar, registrar, asignar el número único de radicación, repartir y enviar a la dependencia que corresponda las quejas, reclamos, peticiones y comunicaciones relacionados con actuaciones disciplinarias que se presenten ante la entidad.

2.

Registrar y mantener actualizada, en el sistema automático adoptado por la entidad, la información sobre las actuaciones disciplinarias adelantadas por las autoridades de control interno disciplinario, las procuradurías territoriales y las personerías, controlando el envío oportuno de los datos correspondientes.

3.

Controlar la realización oportuna del registro, en el sistema a que se refiere el numeral anterior, de la información sobre las actuaciones disciplinarias adelantadas por las dependencias del nivel central de la Procuraduría.

4.

Informar a las dependencias competentes sobre los procesos disciplinarios inactivos y las acciones próximas a prescribir.

5.

Registrar las sanciones disciplinarias impuestas a los servidores públicos por cualquier autoridad competente.

6.

Registrar las sentencias penales que sean comunicadas por los jueces de conformidad con lo dispuesto en la ley.

7.

Vigilar la ejecución de las sanciones disciplinarias que impongan la Procuraduría General de la Nación y las demás autoridades competentes.

8.

Recibir, clasificar y distribuir los documentos que lleguen a la entidad y remitirlos a los respectivos destinatarios.

9.

Enviar la correspondencia de la entidad a los respectivos destinatarios.

10.

Las demás que le asignen la ley y el Procurador General.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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