Micelio

Artículo 1

Para Efectos De La Concurrencia De Los Departamentos, Intendencias Y Comisarías En La Prestación De Los Servicios De Que Trata El Artículo 1° Del Decreto 77 De 1987, Se Podrán Celebrar Convenios Interadministrativos De Cooperación Entre El Departamento, Intendencia O Comisaría Y Los Respectivos Municipios, Con El Fin De Que El Personal Del Instituto Nacional De Salud Que Fue Incorporado A Las Entidades Seccionales, Preste Asistencia Técnica Para El Desarrollo Del Programa De Saneamiento Básico Rural Que Se Encuentra A Cargo De Los Mismos Municipios

Decreto 2692 de 1990 · por el cual se reglamenta parcialmente el Decreto 77 de 1987.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Para efectos de la concurrencia de los Departamentos, Intendencias y Comisarías en la prestación de los servicios de que trata el artículo 1° del Decreto 77 de 1987, se podrán celebrar convenios interadministrativos de cooperación entre el Departamento, Intendencia o Comisaría y los respectivos Municipios, con el fin de que el personal del Instituto Nacional de Salud que fue incorporado a las entidades seccionales, preste asistencia técnica para el desarrollo del programa de Saneamiento Básico Rural que se encuentra a cargo de los mismos municipios.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2692 de 1990