Micelio

Artículo 14

Son Funciones De La Sección De Fomento Agrícola, A) Elaborar Panes Y Programas De Trabajo, Para Las Diferentes Campañas Agrícolas; B) Presentar Los Planes Y Programas Al Jefe De La División Para Su Estudios Y Tramitación; C) Colaborar En La Coordinación De Actividades Con Entidades Que Desarrollen Fomento Agrícola; D) Velar Por El Desarrollo De Las Campañas Que Adelante El Ministerio Por El Y Otras Entidades O Actualizar Los Programas, De Acuerdo Con Las Necesidades, E) Asesorar A Los Jefes De Las Campañas De Fomento, Y Colaborar Especialistas Con La División De Extensión Agropecuaria Para Resolver Los Problemas De Carácter Técnico Que Ellos Los Presenten, F) Aplicar A Los Programas Los Resultados De Las Investigaciones Científicas; G) Elaborar Programas De Adiestramiento De Personal Técnico Y Coordinación Su Ejecución Con La División De Personal; H) Preparar Al Material Educativo De Carácter Técnico En Coordinación Con La División De Extensión Y Colaborar En Su Publicación Con La División De Servicios Generales

Decreto 1425 de 1960 · Por el cual se reorganiza el Ministerio de Agricultura

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones de la Sección de Fomento Agrícola,

a)

Elaborar panes y programas de trabajo, para las diferentes campañas agrícolas;

b)

Presentar los planes y programas al Jefe de la División para su estudios y tramitación;

c)

Colaborar en la coordinación de actividades con entidades que desarrollen fomento agrícola;

d)

Velar por el Desarrollo de las campañas que adelante el Ministerio por el y otras entidades o actualizar los programas, de acuerdo con las necesidades,

e)

Asesorar a los Jefes de las Campañas de Fomento, y colaborar especialistas con la División de Extensión Agropecuaria para resolver los problemas de carácter técnico que ellos los presenten,

f)

Aplicar a los programas los resultados de las investigaciones científicas;

g)

Elaborar programas de adiestramiento de personal técnico y coordinación su ejecución con la División de Personal;

h)

Preparar al material educativo de carácter técnico en coordinación con la División de Extensión y colaborar en su publicación con la División de Servicios Generales.

i)

Suministrar información técnica al público.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1425 de 1960