Inscripción como Profesor Militar. Los oficiales y suboficiales que reúnan los requisitos para ser inscritos como Profesores Militares en cualquiera de las ramas enumeradas en el artículo anterior y dentro de las categorías determinadas en el artículo 2.3.1.1.8.1., de esta Sección, deberán elevar su solicitud al Comando competente, adjuntando los documentos que acrediten el lleno de tales requisitos.
(Decreto 1495 de 2002 artículo 49)