Micelio

Artículo 2

Como Distintivo De Las Diferentes Armas Y Servicios Del Ejército, Se Adoptan Los Siguientes Colores: A) Rojo Vivo Para La Infantería

Decreto 333 de 1937 · Por el cual se reglamenta el uniforme de los miembros del Ejército

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Como distintivo de las diferentes armas y servicios del Ejército, se adoptan los siguientes colores

a)

Rojo vivo para la Infantería.

b)

Amarillo cromo para la Caballería.

c)

Negro brillante para la Artillería (terciopelo para los Oficiales y paño para la tropa).

d)

Azul de Prusia para los Ingenieros.

e)

Azul celeste para la Aviación.

f)

Verde .claro para el Tren.

g)

Cereza para Sanidad y Veterinaria (terciopelo para Oficiales y paño para la tropa).

h)

Gris plomo para la administración (Intendencia),

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 333 de 1937