Micelio

Artículo 3

Para Efectos De Determinar La Falta De Oferta De Vivienda Nueva En Los Diferentes Municipios O Distritos De Que Tratan Los Artículos 1° Y 2° Del Presente Decreto, La Dirección Ejecutiva Del Fondo Nacional De Vivienda, Solicitará A La Respectiva Alcaldía Municipal O Distrital, Según El Caso, La Información Sobre La Oferta De Vivienda De Interés Social, La Cual Será Incorporada Al Sistema De Información Del Subsidio Familiar De Vivienda, De Que Trata El Título Vii Del Decreto 975 De 2004

Decreto 4000 de 2007 · por medio del cual se establece la modalidad de vivienda usada para la aplicación del subsidio familiar de vivienda otorgado a través de la Bolsa Ordinaria en la modalidad de adquisición de vivienda nueva.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Para efectos de determinar la falta de oferta de vivienda nueva en los diferentes municipios o distritos de que tratan los artículos 1° y 2° del presente decreto, la Dirección Ejecutiva del Fondo Nacional de Vivienda, solicitará a la respectiva alcaldía municipal o distrital, según el caso, la información sobre la oferta de vivienda de interés social, la cual será incorporada al Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda, de que trata el Título VII del Decreto 975 de 2004.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 4000 de 2007