Micelio

Artículo 7

Decreto 424 de 1971 · Por el cual se ordena la primera emisión de Certificados de Desarrollo Turístico y se fijan sus características

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo séptimo. El Ministerio de Hacienda y Crédito Público por conducto del Instituto Nacional de Provisiones (INALPRO) contratará la edición de los Certificados de Desarrollo Turístico de que trata este Decreto. Los gastos que ello ocasione se cubrirán con cargo al Presupuesto dé la Corporación Nacional de Turismo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 424 de 1971