Micelio

Artículo 2

Decreto 696 de 1961 · Por el cual se incorporan unos cargos del Ministerio de Educación Nacional dentro de la Nomenclatura y Escala de Sueldos establecidas por el Decreto número 1678 de 1960

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. De acuerdo con lo previsto en el Decreto número 221 fiel 2 de febrero de 1961, el personal de la planta establecido por el presente Decreto podrá ser modificado en base de estudios posteriores de la División de Tesorería del Ministerio de Hacienda y Crédito Públicos en coordinación con la Secretaría de Organización e Inspección de la Administración Pública y el Departamento Administrativo del Servicio Civil.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 696 de 1961