Micelio

Artículo 4

Declarado Nulo

Decreto 2308 de 1974 · Por el cual se reglamentan los artículos 5º y 7º del Decreto 1982 de 1974

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Declarado Nulo.

JURISPRUDENCIA

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo 4. Los contratos o convenios válidamente celebrados sobre las materias a que se refiere el presente decreto y que se hallaban vigentes el 19 de septiembre deberán ser terminados. Si por razones del servicio, la respectiva entidad considera conveniente su ejecución hasta el plazo inicialmente pactado deberá obtenerse el concepto favorable de que tratan los artículos anteriores.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2308 de 1974