La Administración Postal Nacional someterá a la aprobación del Ministerio de Comunicaciones su presupuesto de ingresos y egresos, en el cual deberá incluir con destino a la Caja de Previsión Social de Comunicaciones, las partidas necesarias para cubrir las prestaciones sociales de sus trabajadores.
Decreto 3267 de 1963 →Vigente
Artículo 23
La Administración Postal Nacional Someterá A La Aprobación Del Ministerio De Comunicaciones Su Presupuesto De Ingresos Y Egresos, En El Cual Deberá Incluir Con Destino A La Caja De Previsión Social De Comunicaciones, Las Partidas Necesarias Para Cubrir Las Prestaciones Sociales De Sus Trabajadores
Decreto 3267 de 1963 · Por el cual se dictan disposiciones sobre reorganización y funcionamiento del ministerio de comunicaciones.
01
El texto del artículo
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02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.