Artículo primero. De la partida asignada en el Capítulo número 206, Artículo 2379 del Presupuesto de la vigencia "para auxiliar a las Sociedades de Agricultores, agremiaciones similares, y auxilio a las publicaciones de carácter agropecuario que a juicio del Ministerio merezcan disfrutarlo, en el año", se hace la siguiente distribución: CAPITULO 206 Artículo 2379-Ordinal 3°. Aporte del Gobierno Nacional para auxiliar a la Revista Agricultura Tropical, en el año $ 3.600.00 CAPITULO 206 Artículo 2379-Ordinal 4°. Aporte del Gobierno Nacional para auxiliar a la Sociedad Antioqueña de Agricultores, en el año 1.800.00 CAPITULO 206 Artículo 2379-Ordinal 5°. Aporte del Gobierno Nacional para auxiliar a la Sociedad de Agricultores del Atlántico, en el año 1.800.00 CAPITULO 206 Artículo 2379-Ordinal 6°. Aporte del Gobierno Nacional para auxiliar a. la Sociedad de Agricultores del Huila, en el año 1.800.00 CAPITULO 206 Artículo 2379-Ordinal 7°. Aporte del Gobierno Nacional para auxiliar a la Sociedad de Agricultores del Magdalena, en el año 1.800.00 CAPITULO 206 Artículo 2379-Ordinal 8°. Aporte del Gobierno Nacional para auxiliar a la Sociedad de Agricultores de Santander, en el año 1.800 .00 CAPITULO 206 Artículo 2379-Ordinal 9° . Aporte del Gobierno Nacional para auxiliar a la Sociedad de Agricultores del Valle, en el año 1.800.00 CAPITULO 206 Artículo 2379-Ordinal 10. Aporte del Gobierno Nacional para auxiliar a la Sociedad de Agricultores de Arauca, en el año 1.800.00
Decreto 776 de 1957 →Vigente
Artículo 2379
Del Presupuesto De La Vigencia "para Auxiliar A Las Sociedades De Agricultores, Agremiaciones Similares, Y Auxilio A Las Publicaciones De Carácter Agropecuario Que A Juicio Del Ministerio Merezcan Disfrutarlo, En El Año", Se Hace La Siguiente Distribución: Capitulo 206 Artículo 2379-Ordinal 3°
Decreto 776 de 1957 · Por el cual se destina una partida
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.