El Gobierno nacional, los gobiernos departamentales y municipales impulsarán programas exclusivos para la consolidación de las asociaciones fiqueras, en lo relacionado con la organización, capacitación, participación comunitaria, la cultura y el desarrollo de su economía.
En virtud de lo anterior, se deberán disponer de los recursos técnicos y económicos necesarios para financiar la implementación de los programas a que se refiere el presente artículo.