Máximas atribuciones. El Presidente de la República, el Ministro de Defensa, el Comisionado Nacional para la Policía y el Director General de la Policía Nacional, tendrán la máxima atribución disciplinaria para la aplicación de los correctivos o estímulos previstos en este reglamento.
Decreto 2584 de 1993 →Vigente
Artículo 52
Máximas Atribuciones
Decreto 2584 de 1993 · por el cual se modifica el Reglamento de Disciplina para la Policía Nacional.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.