Micelio

Artículo 6

Las Miembros De Los Consejos O Juntas Directivas, Revisores Fiscales Y Funcionarios De Las Cajas Y Asociaciones De Cajas No Podrán, Durante El Ejercicio De Sus Funciones Ni Dentro Del Año Siguiente A Su Cesación En Las Mismas, En Relación Con Las Entidades Respectivas: A) Celebrar O Ejecutar Por Sí O Por Interpuesta Persona Contrato O Acto Alguno; B) Gestionar Negocios Propios O Ajenos Salvo Cuando Contra Ellos Se Entablen Acciones Por La Entidad A La Cual Sirven O Han Servido O Se Trate Del Cobro De Prestaciones Y Salarios Propios; C) Prestar Servicios Profesionales; D) Intervenir Por Ningún Motivo Y En Ningún Tiempo En Negocios Que Hubiere Conocido O Adelantado Durante Su Vinculación

Decreto 2463 de 1981 · Por el cual se determina el régimen de inhabilidades, incompatibilidades y responsabilidades de los funcionarios de las cajas de compensación familiar y de las asociaciones de cajas y de los miembros de sus organismos de dirección, administración y fiscalización

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Las miembros de los consejos o juntas directivas, revisores fiscales y funcionarios de las cajas y asociaciones de cajas no podrán, durante el ejercicio de sus funciones ni dentro del año siguiente a su cesación en las mismas, en relación con las entidades respectivas

a)

Celebrar o ejecutar por sí o por interpuesta persona contrato o acto alguno;

b)

Gestionar negocios propios o ajenos salvo cuando contra ellos se entablen acciones por la entidad a la cual sirven o han servido o se trate del cobro de prestaciones y salarios propios;

c)

Prestar servicios profesionales;

d)

Intervenir por ningún motivo y en ningún tiempo en negocios que hubiere conocido o adelantado durante su vinculación. Las anteriores prohibiciones se extienden a las sociedades de personas, limitadas y de hecho de que el funcionario o su cónyuge hagan parte y a las anónimas y comanditarias por acciones en que conjunta o separadamente tengan más del cuarenta por ciento del capital social.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2463 de 1981