Micelio

Artículo 9

A Partir Del 1° De Enero De 2007, La Remuneración Mensual Del Procurador Metropolitano Ii De Medellín Será De Cuatro Millones Seiscientos Veintiséis Mil Doscientos Noventa Y Cuatro Pesos ($4

Decreto 621 de 2007 · por el cual se dictan normas sobre régimen salarial y prestacional para los servidores públicos de la Procuraduría General de la Nación y la Defensoría del Pueblo.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. A partir del 1° de enero de 2007, la remuneración mensual del Procurador Metropolitano II de Medellín será de cuatro millones seiscientos veintiséis mil doscientos noventa y cuatro pesos ($4.626.294) moneda corriente. El cincuenta por ciento (50%) de esta remuneración tendrá el carácter de gastos de representación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 621 de 2007