Micelio

Artículo 21

Audiencias Públicas

Decreto 2253 de 1993 · por el cual se desarrolla y reglamenta el funcionamiento de la Comisión Reguladora de Agua Potable y Saneamiento Básico y se adoptan sus estatutos.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Audiencias públicas . Previamente a la adopción de decisiones que impliquen contenido particular o general, la Comisión podrá convocar a audiencias públicas o privadas que deberán ser atendidas por el Comité de Expertos y en las cuales se escucharán los argumentos, estudios, sugerencias o recomendaciones que sean formuladas por personas naturales o jurídicas, públicas o privadas. A esas audiencias podrán invitarse los directamente interesados en los resultados de la decisión y todas las personas que por una u otra razón puedan conocer los asuntos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2253 de 1993