Artículo primero. Declárase Día Oficial del Educador en Colombia, el día 15 de mayo de cada año, fiesta de San Juan Bautista de la Salle, patrono de todos los maestros y profesores, educadores de la niñez y de la Juventud.
Parágrafo
La celebración de la Fiesta del Maestro se llevará a cabo en los establecimientos de educación el día domingo anterior a la fecha señalada.