El manejo e inversión de los dineros destinados por este Decreto, y la rendición de las cuentas correspondientes a la Contraloría General de la República, se efectuarán con arrecio a las normas administrativas y fiscales vigentes, y a las que dicte dicha Contraloría en desarrollo de este
Decreto 396 de 1957 →Vigente
Artículo 3
Créase Una Junta De Organización Y Ejecución De La Conferencia Científica De Que Trata El Artículo 1° De Este Decreto, Y Que Tendrá Además La Función De Ordenadora De Gastos De Los Fondos Nacionales Apropiados Por Este Decreto, Junta Que Estará Integrada Por El Gobernador Del Departamento Del Chocó Y Tres Miembros Designados Por El Gobierno Nacional
Decreto 396 de 1957 · Por el cual se auspicia una reunión científica y se destinan unos trofeos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.