Micelio

Artículo 1

Las Marcas, Patentes, Dibujos Y Modelos Industriales Que En Virtud De Disposiciones Legales Vigentes Pertenecen Hoy A La Nación Colombiana, Y Que Originalmente Fueron Registradas A Favor De Personas Naturales O Jurídicas Alemanas, Se Devolverán A Sus Primitivos Propietarios, Con Excepción De Los Que Fueron Vendidos Por El Fondo De Estabilización, En Virtud De Disposiciones Legales, A Personas Distintas De Los Antiguos Propietarios Alemanes

Decreto 3109 de 1954 · Por el cual se dispone lo relativo a la manera como debe verificarse la cancelacion de la inscripcion y de los registro que hoy existen a favor del Estado colombiano, de marcas, patentes, digujos y modelos industriales y su traspaso a favor de personas alemanas

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Las marcas, patentes, dibujos y modelos industriales que en virtud de disposiciones legales vigentes pertenecen hoy a la Nación colombiana, y que originalmente fueron registradas a favor de personas naturales o jurídicas alemanas, se devolverán a sus primitivos propietarios, con excepción de los que fueron vendidos por el Fondo de Estabilización, en virtud de disposiciones legales, a personas distintas de los antiguos propietarios alemanes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3109 de 1954