Micelio

Artículo 13

Los Suplentes De Los Directores Podrán Ser Llamados A Las Deliberaciones De La Junta Directiva, Aun En Los Casos En Que No Les Corresponda Asistir, Cuando Así Lo Exija, A Juicio De Ésta, La Importancia Del Asunto Que Va A Tratarse

Decreto 886 de 1969 · Por el cual se aprueban los estatutos del Banco Cafetero

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los suplentes de los Directores podrán ser llamados a las deliberaciones de la Junta Directiva, aun en los casos en que no les corresponda asistir, cuando así lo exija, a juicio de ésta, la importancia del asunto que va a tratarse. En este caso los suplentes tendrán voz pero no voto en las deliberaciones y devengarán la misma remuneración de los principales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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