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Artículo 223

Contenido Del Auto De Citación A Audiencia Y Formulación De Cargos

Ley 1952 de 2019 · LEY 1952 DE 2019, 28/05/2019, por medio de la cual se expide el Código General Disciplinario, se derogan la Ley 734 de 2002 y algunas disposiciones de la Ley 1474 de 2011, relacionadas con el derecho disciplinario.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La decisión mediante la cual se cite a audiencia al disciplinado deberá contener:

1.

La identificación del autor o autores de la falta.

2.

La denominación del cargo o la función desempeñada en la época de comisión de la conducta.

3.

La descripción y determinación de la conducta investigada, con indi­cación de las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que se realizó.

4.

Las normas presuntamente violadas y el concepto de la violación, con­cretando la modalidad específica de la conducta.

5.

El análisis de la ilicitud sustancial del comportamiento.

6.

El análisis de la culpabilidad.

7.

El análisis de las pruebas que fundamentan cada uno de los cargos formulados.

8.

La exposición fundada de los criterios tenidos en cuenta para determi­nar la gravedad o levedad de la falta, de conformidad con lo señalado en el artículo 47 de este Código.

9.

El análisis de los argumentos expuestos por los sujetos procesales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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