°. En las empresas de servicios públicos mixtas y sus subordinadas, en las cuales la participación de la Nación directamente o a través de sus entidades descentralizadas sea igual o superior al noventa por ciento y que desarrollen sus actividades bajo condiciones de competencia, la aprobación y modificación de su presupuesto y de las vigencias futuras corresponderá a las juntas directivas de las respectivas empresas, sin requerirse concepto previo de ningún órgano o entidad gubernamental.
Artículo 9
En Las Empresas De Servicios Públicos Mixtas Y Sus Subordinadas, En Las Cuales La Participación De La Nación Directamente O A Través De Sus Entidades Descentralizadas Sea Igual O Superior Al Noventa Por Ciento Y Que Desarrollen Sus Actividades Bajo Condiciones De Competencia, La Aprobación Y Modificación De Su Presupuesto Y De Las Vigencias Futuras Corresponderá A Las Juntas Directivas De Las Respectivas Empresas, Sin Requerirse Concepto Previo De Ningún Órgano O Entidad Gubernamental
Decreto 1238 de 2017 · por el cual se liquida la Ley 1837 de 2017 que efectúa unas modificaciones al Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2017.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.