Micelio

Artículo 14

Decreto 1583 de 1964 · Por el cual se modifica el Decreto número 566 de 1962

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo decimocuarto. De cada seccional promoverá la organización y coordinación de grupos comunales que trabajen en aspectos de nutrición y alimentación, tales como juntas vecinales, cooperativas, asociaciones de agricultores, clubes de amas de casa, clubes 4 -s y otros, siguiendo las normas técnicas y administrativas establecidas por las entidades respectivas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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