Micelio

Artículo 909

Ley 103 de 1923 · Sobre Organización Judicial y Procedimiento Civil

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Este juicio sólo puede introducirse para que se pague alguna suma de dinero; por consiguiente, en los casos de valor indeterminado del crédito, debe hacerse en la demanda estimación de dinero, como para juicio ejecutivo, pudiendo pedir la regulación de la estimación tanto el ejecutado como los otros demandantes en juicio de prelación o prorrateo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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