º. Funciones de la Oficina de Cooperación y Relaciones Internacionales . La Oficina de Cooperación y Relaciones Internacionales cumplirá las siguientes funciones
Asesorar a los despachos del Ministro y los viceministros, en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores y la Agencia Colombiana de Cooperación Internacional - ACCI, en la definición de la política, en materia de cooperación internacional y relaciones internacionales.
Coordinar la elaboración de estudios para la adopción y ratificación de convenios internacionales.
Proponer las áreas prioritarias, metodología, criterios de selección y evaluación y los términos de la cooperación técnica internacional en los temas de competencia del Ministerio.
Definir los lineamientos y procedimientos básicos que deben seguir las entidades adscritas y vinculadas al Ministerio en la identificación, formulación y evaluación de programas y proyectos de cooperación internacional.
Realizar los estudios de las normas y condiciones del mercado laboral internacional, determinar las opciones de intercambio y firma de cooperación para el empleo de colombianos en el exterior y, en general, velar por establecer opciones en el mercado laboral internacional para los nacionales.
Diligenciar y tramitar lo relacionado con el cumplimiento de los asuntos y compromisos internacionales en coordinación con las dependencias del Ministerio.
Gestionar ante los organismos competentes las solicitudes que en materia de cooperación técnica internacional presenten al Ministerio las entidades adscritas o vinculadas.
Mantener actualizada la información sobre fuentes de cooperación y sus áreas de interés y difundirla entre las entidades del sector.
Servir de Banco sectorial para la recepción, análisis y consolidación de los programas y proyectos de cooperación internacional en las áreas de empleo, trabajo, previsión y seguridad social, protección y desarrollo de la familia y la sociedad, y, presentarlo a las autoridades correspondientes.
Apoyar los procesos relacionados con la solicitudes, trámites, aprobación y desembolsos de créditos externos del Sector.
Evaluar el cumplimiento de los compromisos internacionales asumidos y formular las recomendaciones para el mejoramiento de los resultados en esta materia.
Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.