Micelio

Artículo 4

Cuotas Partes Pensionales

Decreto 2090 de 2015 · por el cual se establecen las reglas para la asunción de la función pensional de las Teleasociadas y de Telecom.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Cuotas Partes Pensionales. La administración de las cuotas partes pensionales por cobrar y por pagar, reconocidas con anterioridad a la fecha de traslado de la función pensional de cada una de las Teleasociadas de que trata este decreto y de Telecom, estará a cargo del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones o a quien este designe para tal fin. Las cuotas partes pensionales por cobrar y por pagar, reconocidas con posterioridad a la fecha de traslado a la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP), serán administradas por esta Unidad. El pago de todas las cuotas partes será cancelado con recursos que deberán ser transferidos por el Patrimonio Autónomo Pensional (PAP) de que trata el artículo 1° de la Ley 651 de 2001, con excepción de los valores que le corresponda concurrir al Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Dirección General de Crédito Público y del Tesoro Nacional como administrador del Fondo de Naturaleza Pública de Caprecom (Foncap), y según lo dispuesto por el artículo 2° del Decreto número 2387 de 2001.

Parágrafo 1

Los recursos que sean recaudados por concepto de cuotas partes pensionales, deben ser girados al Patrimonio Autónomo Pensional de Telecom de que trata el artículo 1° de la Ley 651 de 2001 y el Decreto número 2387 de 2001.

Parágrafo 2

Caprecom deberá suministrar al Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, o a quien este designe, la información y los archivos correspondientes, tanto en físico como en medio magnético, que soporten la gestión adelantada en el cobro y pago de las cuotas partes pensionales (activas y pasivas) hasta el momento del traslado de la función pensional a la UGPP.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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