Micelio

Artículo 2

Modificar El Artículo 8° Del Decreto 1965 De 2010, El Cual Quedará Así: "artículo 8°

Decreto 415 de 2011 · por el cual se modifica el Decreto 1965 de 2010 y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Modificar el artículo 8° del Decreto 1965 de 2010, el cual quedará así: "Artículo 8°. Restitución de recursos. Cuando se detecte un pago derivado da una inconsistencia en la información que sirvió de base para la liquidación de UPC-S, la EPS-S deberá restituir de manera inmediata al fondo territorial de salud lo correspondiente a los recursos girados sin justa causa, de conformidad con los plazos previstos en el Decreto-ley 1281 de 2002".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 415 de 2011