° Es competencia discrecional del Gobierno Nacional autorizar el ingreso de extranjeros al país . Corresponde al Ministerio de Relaciones Exteriores expedir, negar o cancelar visas. El ingreso de extranjeros, así como su permanencia o salida, se regirán por las disposiciones de este decreto y las políticas del Gobierno Nacional, sin perjuicio de lo dispuesto en los tratados internacionales y de conformidad con la competencia discrecional antes mencionada.
Decreto 666 de 1992 →Vigente
Artículo 1
Es Competencia Discrecional Del Gobierno Nacional Autorizar El Ingreso De Extranjeros Al País
Decreto 666 de 1992 · por el cual se dictan disposiciones sobre expedición de visas, control de extranjeros, y se dictan otras disposiciones en materia de inmigración.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.