El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 25 de noviembre de 1996. ERNESTO SAMPER PlZANO El Ministro del Interior, Horacio Serpa Uribe. El Ministro de Justicia y del Derecho, Carlos Eduardo Medellín Becerra.
Decreto 2160 de 1996 →Vigente
Artículo 13
Decreto 2160 de 1996 · por el cual se dictan normas para el funcionamiento de la Comisión Nacional para la Moralización creada por el artículo 67 de la Ley 190 de 1995.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.