°. Serán objeto de permiso otorgado directamente por el Instituto de Desarrollo de los Recursos Naturales Renovables -INDERENA- los aprovechamientos forestales sobre áreas inferiores a 10.000 hectáreas de bosques naturales o artificiales ubicados en baldíos y demás terrenos de dominio público.
Decreto 82 de 1976 →Vigente
Artículo 2
Serán Objeto De Permiso Otorgado Directamente Por El Instituto De Desarrollo De Los Recursos Naturales Renovables -Inderena- Los Aprovechamientos Forestales Sobre Áreas Inferiores A 10
Decreto 82 de 1976 · Por el cual se reglamentan los artículos 56 y 216 del Decreto-ley2811 de 1974 (Codigo Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.