°. Modifícase el
del artículo 3° del Decreto 2816 del 22 de agosto de 2006, modificado por el Decreto 4785 del 19 de diciembre de 2008 y prorrogado por el Decreto 4864 de 2009, el cual quedará así: "
Las responsabilidades frente al Programa de Protección a cargo del Departamento Administrativo de Seguridad, DAS, se irán reduciendo gradualmente, en la medida en que se vayan cumpliendo las distintas etapas del proceso de traslado de los respectivos esquemas móviles de protección, hasta su finalización, el 30 de junio de 2010. Igualmente, se irá disminuyendo en forma gradual el cupo de escoltas contratados por el Departamento Administrativo de Seguridad hasta la finalización de dicho proceso".
Artículo 3 DECRETO 2816 de 2006